viernes, 22 de octubre de 2010

JUNTA PREPARATORIA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS EFECTUADA EL DÍA 19 DE AGOSTO DE 1952

DIARIO DE LOS DEBATES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
"Honorable Asamblea:

"A esta Segunda Comisión Revisora de Credenciales fueron turnadas para estudio y dictamen las constancias que integran el expediente formado con motivo de la elección de diputados federales celebrada el domingo seis de julio de este año en el noveno distrito electoral del Estado de Puebla.
"De las citadas constancia no aparece que se hubiese presentado queja u objeción fundada ni aportado prueba alguna que haga sospechar que se cometieron violaciones o irregularidades contrarias a la ley en el proceso preelectoral ni en la propia elección.
"Figuraron como contendientes los CC. José Ricardi Tirado como candidato a diputado suplente, y los CC. Tobaldo Sosa como candidato a diputado propietario y Reyes Bonilla como candidato a diputado suplente; los primeros sostenidos por el Partido Revolucionario Institucional y éstos últimos por la Federación de Partidos del Pueblo.



"Hecha una revisión de los escrutinios parciales y de la computación total, se encontraron los siguientes resultados: la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrada por los CC. José Ricardi Tirado como diputado propietario y José María Arroyo como diputado suplente obtuvo 17,852 votos; en tanto que la fórmula presentada por la Federación de Partidos del Pueblo que la integraron los CC. Tobaldo Sosa y Sosa como propietario y Reyes Bonilla como suplente, sólo obtuvo un total de 2,089 votos.



"En tal virtud, no existiendo ningún dato contrario a los resultados que se dejan asentados, es de proponerse y se propone el siguiente acuerdo:



"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión celebradas el día seis de julio del corriente año en el noveno distrito electoral del Estado de Puebla.



"Segundo: Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mismo noveno distrito electoral del Estado de Puebla, los ciudadanos José Ricardi Tirado y José María Arroyo.



"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.



"México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".



- El C. secretario Carranza Hernández Rafael:



Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.



En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:



- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):



"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión celebradas el día seis de julio del corriente año en el noveno distrito electoral del Estado de Puebla.



"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mismo noveno distrito electoral del Estado de Puebla, los ciudadanos José Ricardi Tirado y José María Arroyo". (Aplausos).



"2a. Comisión Revisora de Credenciales.

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