lunes, 26 de abril de 2010

PGJ se rehúsa a entregar expediente de Joel Arriaga

Cambio
Desacata orden de la CAIP de hacer un documento público sobre el caso
Selene Ríos Andraca
La Procuraduría General de Justicia determinó desacatar la orden de la Comisión para el Acceso a la Información Pública, al reiterar la negativa de entregar el expediente de la investigación sobre el asesinato del activista político Joel Arriaga Navarro.
El pasado 22 de febrero, la Comisión para el Acceso a la Información Pública acordó por unanimidad que la Procuraduría entregara el expediente a los familiares del activista político acribillado el 20 de julio de 1972, pues el delito de su asesinato ya había preescrito.
La comisionada ponente Blanca Lilia Ibarra explicó durante la sesión pública del 22 de febrero que el primer momento jurídico encontrado en el caso fue cuando el Ministerio Público determinó desde 2002 que el delito cometido 30 años antes había preescrito: “La familia de Arriaga se inconforma por la decisión de la procuraduría e inicia un juicio de amparo, ahí el juez de distrito ratificó que ya transcurrido el plazo legal, más de 30 años, para la persecución del delito, la acción penal, el Ministerio Público quedaba imposibilitado para continuar con la investigación. La misma sentencia fue confirmada por un tribunal colegiado”, explicó la comisionada.
La comisionada abundó: “Al haber ya prescrito el delito y haber sido archivado de manera definitiva y en su momento, al no haber encontrado elementos por los que pudiera continuarse la investigación, la ponencia decidió que el expediente debe abrirse y entregarse al solicitante, testando los datos personales para proteger a los familiares del deudo, y también estamos protegiendo las fotografías para proteger el honor y la imagen del finado”.
Sin embargo, la Procuraduría General de Justicia respondió que es imposible entregar el expediente de la pesquisa por el homicidio del activista político, bajo el argumento de que la revelación del expediente podría entorpecer las investigaciones.
“Lo anterior pone de manifiesto que como lo he dejado sentenciado con atenuación me encuentro imposibilitado para dar cumplimiento a los requerido por esa autoridad, ya que para el caso de que se entregaran los solicitantes las constancias de la indagatoria 123/2130/72/2001/DMSIII, traería como consecuencia que se comprometieran los procedimientos de investigación dentro de los autos de averiguación previa PGR/FEMOSPP/007/2002 de las de la fiscalía especial para movimientos sociales y políticos del pasado, con la consecuente obstaculización de la investigación por parte de dicha fiscalía especializada al hacerse públicos los datos, que podrían inclusive traducirse en la evasión de cualquier indiciado relacionado con los hechos, en claro perjuicio de la función de investigación y persecución de los delitos, reservada al ministerio público.”

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