lunes, 7 de abril de 2014

Salario Mínimo F. Ebert 10 09 13.docx

       La mejor manera de evaluar la idoneidad y eficacia del régimen salarial para la protección del nivel de vida de los trabajadores, es analizar la evolución histórica del salario mínimo real. El análisis de estas consecuencias lo hacemos en dos partes. En primer término para el periodo 1934-1975 a precios de 1939; y en segundo término para el periodo 1975-2013 a precios del 2010. Con ello pretendemos lograr una visión histórica de los ciclos del salario mínimo real en nuestro país, de manera que la lejanía en el tiempo no afecte la medición del fenómeno. Por otra parte, el segundo periodo que toma como base el INPC de 2010, incorpora los cálculos de un organismo autónomo como es INEGI en el cálculo de la inflación, mientras que en el periodo anterior esta medición la realizaba el Banco de México.   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Periodo 1939-1976:

     Una vez institucionalizado el gran pacto social plasmado en la Constitución de 1917, aún tuvieron que pasar algunos años para que el reconocimiento de los derechos sociales de los trabajadores se tradujera en mejoría de sus condiciones de vida. Pero la mejoría se registró. Medida por el crecimiento del salario mínimo real, la experiencia fue que de 1939 a 1951 este ingreso sufre un deterioro del 64% a precios de 1939, pero a partir de 1952, registró una recuperación ininterrumpida hasta alcanzar en 1964 el nivel histórico más alto que había tenido en 1939; y a partir de ahí seguir creciendo hasta enero de 1976 (ver gráfica 1). La historia salarial posterior a ese año es muy conocida, es la historia del tobogán que se detiene apenas en 1999, sin embargo ello no ha significado su recuperación, sino simplemente su estancamiento.

 

       El ciclo anteriormente descrito implicóveinticinco años de recuperación del nivel histórico de 1939, lo que significa que los jóvenes de la década de los 60 pudieron gozar del nivel de vida de sus padres -doce años de caída y trece de recuperación-, y a partir de ahí se registraron veinticinco años más deganancia neta para los asalariados, mismos que corresponden al llamado milagro económico mexicano; si bien al final de ese periodo con serios problemas de estabilidad y de fuentes de financiamiento sano, aún con tasas de crecimiento del PIB mayores al 6 por ciento anual.  

 

       Estos resultados ilustran con claridad que el régimen salarial aún vigente, fue adecuadopara la mejoría del poder adquisitivo de los asalariados, mientras la estrategia de crecimiento de entonces estuvo basada en elfortalecimiento del mercado interno. El carácter discrecional de dicho régimen, fue propicio para conciliar una política de crecimiento económico con una política de crecimiento de los salarios, cuyo resultado fue el notable desarrollo económico de la época, es decir crecimiento con inclusión social. Para los trabajadores, el problema de ese régimen discrecional se presenta, cuando por decisión del gobierno, y como parte de su nueva política económica, se dejan caer los salarios de manera deliberada, pues en el nuevo modelo adquieren el carácterde variable de ajuste, y se hace nugatorio elderecho constitucional a percibir el ingreso suficiente para lograr una vida digna para el trabajador y su familia. De este violento cambio hablan los datos y reflexiones siguientes.

 

 

 

Salario Mínimo Real (1973-2013)

Pesos de 2010

Año

Salario Real

Año

Salario Real

Año

Salario Real

Año

Salario Real

Año

Salario Real

 

 

1980

181.28

1990

79.48

2000

55.47

2010

55.77

 

 

1981

183.45

1991

76.05

2001

55.79

2011

56.15

 

 

1982

161.13

1992

72.56

2002

56.18

2012

56.22

1973

191.52

1983

134.97

1993

71.45

2003

56.16

2013

56.81

1974

176.00

1984

127.00

1994

71.46

2004

55.93

 

 

1975

179.92

1985

123.89

1995

62.24

2005

56.20

 

 

1976

213.86

1986

113.50

1996

57.48

2006

56.40

 

 

1977

205.65

1987

106.64

1997

56.80

2007

56.36

 

 

1978

202.25

1988

93.35

1998

57.04

2008

55.76

 

 

1979

192.39

1989

87.64

1999

55.18

2009

55.40

 

 

Fuente: Elaboración propia con datos de CNSM e INEGI

 

 

 

 

Nota: Corresponde al salario mínimo general promedio

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Periodo 1976-2013:

 

           Como puede observarse en el cuadro del Salario Mínimo Real, y en la gráfica 2, después de que en 1976 el salario mínimo alcanzara su punto más alto, este inicia un proceso de deterioro que se detiene alrededor a finales de la década de los noventa, para estancarse, sin que hasta ahora inicie su recuperación. En conjunto, este largo periodo de 37 años, ha significado que los trabajadoreshan sufrido la disminución del poder de compra en 72.4% del valor que el salario tenía en 1976, medido a precios de 2010. Dicho de otra manera, los trabajadores han donado casi las tres cuartas partes de su ingreso para el proceso de acumulación capitalista.

 

     Lo anterior significa que para recuperar elpoder adquisitivo que tenían en 1976, el salario mínimo actual tendría que aumentar 3.62 veces; es decir, en lugar de actualmente percibir 64.76 pesos diarios en la zona A, este salario debería ser de 234.43 pesos diarios, y en la zona B, en lugar de 61.38 pesos diarios,el salario debería ser 222.19 pesos diarios. Sobra decir que este valor perdido de los salarios no se ha esfumado, sino que ha ido a parar a las arcas del capitalUn buen indicador para medir este fenómeno, es el porcentaje que los salarios representan dentro del PIB: Según datos de INEGI, de 1976 a 2008 ese porcentaje cayó de 40% a 27% del PIB, esto es una pérdida de 13 puntos porcentuales de la masa de riqueza nacional. No en balde, a partir de 1994  México es uno de los países con mayor concentración de ricos registrados en la revistaForbes, y con el dudoso privilegio de tener entre sus habitantes al hombre más rico del mundo.

 

        Por otro lado, si la pérdida del salario mínimo real la medimos en términos de tiempo trabajado, esta es equivalente a que losasalariados hayan regalado 26.8 años de trabajo en ese periodo, o lo que es lo mismo: habría bastado que trabajaran 10.2 años con el salario de 1976 para obtener el mismo nivel de vida. Resulta entonces, que si los jóvenes de la década de los sesenta pudieron recuperar el nivel de vida de sus padres y superarlo durante doce años más, en términos salariales, los jóvenes de las décadas de los ochenta, noventa, y primera década del milenio, sólo  tienen historias tristes para contar.

 

       Las cifras de las que damos cuenta se dicen rápido, sin embargo, sus consecuencias son graves y profundas, valoradas en diversas dimensiones. Entre otras, tenemos que el desgaste que los trabajadores mexicanos han sufrido por este deterioro, ha sido también el terreno fértil para la migración hacia EUA con la pérdida de vidas resultante de la política antimigratoria de ese país; ha sido también suelo propicio para el crecimiento de la delincuencia organizada, la que ha encontrado en los grandes contingentes que reciben estos salarios de miseria, la fuente de contratación de sicarios y otros asalariados en su larga cadena de producción y  distribución de drogas y otros "productos" de esa delincuencia organizada,como los secuestros. Una caída tan estrepitosa y profunda como la que se dibuja en la curva del salario mínimo real en el periodo analizado, va también a cuenta de la distorsión de valores para una convivencia pacífica y civilizada, distorsión que además del menosprecio por la vida, implica también el desdén por el acceso a mejores niveles de educación. En suma, el daño social que este sistemático y constante maltrato salarial ha ocasionado, es semejante a la gravedad de los efectos generados en el ámbito económico: estrechez del mercado interno, tasas insuficientes de  inversión, empleo y Producto Interno Bruto; sin olvidar la ausencia de real competitividad que significan los salarios de miseria.  

 

    No obstante, hay quienes menosprecian las consecuencias del deterioro del poder adquisitivo del salario mínimo legal, porque argumentan que un porcentaje muy bajo de la población ocupada recibe este tipo de salarios. No obstante, la población ocupada que percibe el salario mínimo no es despreciable. Según INEGI, al 2010, el 11.3% de dicha población, estaría recibiendo ese salario, lo que en términos absolutos equivale a 4 millones 950 mil trabajadores. Ciertamente una cantidad significativa.    

 

      Por otro lado, si tomamos en cuenta la distribución del ingreso de la población ocupada total, medida en cantidad de salarios mínimos, resulta que aproximadamente el 67% de esa población recibe menos de 3.62 salarios mínimos; es decir menos de la cantidad necesaria para tener el nivel de vida más alto en su historia salarial (1976), lo cual la coloca en una situación de inconstitucionalidad de acuerdo a la fracción VI del artículo 123. Estos salarios inconstitucionales, y la sobreexplotación que ellos definen, colocan a ese 67% de la población ocupada dentro del sector de la sobrepoblación relativa; población que está dispuesta a contratarse en niveles de salario y condiciones de trabajo, por debajo de las que en promedio tienen otros sectores de asalariados y/o fuera de la norma legal. Con ello se recrea el círculo perverso de generar empleos por debajo de los niveles que la OIT califica como trabajo decente.

 

       Pero además, el salario mínimo legal es importante, no sólo por la cantidad de trabajadores y sus familias que de él dependen, sino también porque el comportamiento de esta percepción mínima legal, determina a su vez el comportamiento del abanico salarial, esto es de las diferencias de ingresos entre los trabajadores, y por ende incide de manera determinante en la distribución del ingreso entre los hogares. Por otra parte, en tanto este salario es el eje en torno al cual gira el resto del mundo de los salarios,   difícilmente se podría recuperar el ingreso de los diversos salarios contractuales, sectoriales y profesionales, si el salario mínimo no inicia su recuperación sostenida.

 

 

 

 

 

Las fases del periodo de deterioro salarial

 

Primera fase (1977-1982)Estos seis años corresponden al inicio del deterioro del salario mínimo real de una fase histórica de 37 años que aún no concluye. Corresponden al período de las fuentes de financiamiento insano de la economía mexicana que se basaron en el déficit público, la deuda externa, el derroche de la renta petrolera, y el inicio del deterioro del salario real a través de la política de fijación de los topes salariales que aún sigue vigente.

 

Segunda fase (1983-1987)En primer término, es notable la caída de 30 puntos porcentuales en 1983 y la acelerada pendiente que va hasta 1987. Esta segunda fase corresponde al inicio del nuevo patrón de acumulación. Recordemos que el sexenio de Miguel de la Madrid, 1982-1988, fue un periodo de crecimiento cero, y que durante 1983 el PIB cayó 4.2 por ciento. Los desorbitados endeudamientos externos de los sectores público y privado,  colocaron una presión sobre las finanzas públicas del orden del 14.5% del PIB sólo en ese año. De acuerdo a la gráfica, sólo en ese sexenio el salario mínimo real perdió 48.7% de su valor, casi la mitad del que tenía al colapsarse la etapa anterior de acumulación. Evidentemente se trató de una violenta reestructuración de los precios relativos entre trabajo y capital, por lo demás una de las dimensiones más importantes del llamado cambio estructural inaugurado en ese periodo. La tesis del gobierno de De la Madrid, de que "es necesario que los precios suban para que los precios bajen", partía del diagnóstico de la existencia de una economía ficción, al cierre de 1982. Las consecuencias de la liberalización de precios de la mano de la contención salarial, no se hicieron esperar.

 

Pero además de esta abrupta caída del salario mínimo real, en ese período se registró también una disminución de la dispersión salarial. Del análisis de Dávila, se desprende que hasta 1988 el abanico de los salarios se cerró de forma notable, de manera que la tendencia decreciente del salario mínimo que se profundiza después de 1983 arrastra al resto de los salarios, con la consecuente reducción de la dispersión salarial. Dicha homogenización expresa la capacidad del capital –apoyado por supuesto por la correspondiente política laboral y salarial del Estado-, para  que el mundo de los salarios acompañe en su descenso al salario mínimo legal, esto es abatir el precio de la fuerza de trabajo en todos los sectores productivos, de manera que su valor medio se reduzca. De esta manera se logra imponer  una nueva norma social a los salarios, un precio muy distante de su valor y muy por debajo de la norma establecida en el pacto social que se plasmó en la Constitución de 1917, precisamente en el artículo 123.

 

Esta nueva realidad no habría cristalizado de manera tan contundente si el Estado no hubiese manipulado la determinación del salario mínimo legal hacia su disminución continua  Recuérdese que estamos en la etapa en la que se han liberalizado los precios de todas las mercancías y servicios, -incluyendo el precio del dinero, la tasa de interés- todos los precios menos el de la fuerza de trabajo, el que desde la segunda mitad de la década de los setentas se rige por los topes salariales

 

Así, de manera deliberada el Estado promueve, vía su política salarial, que en los diversos sectores de la producción se generalice  el fenómeno de la sobreexplotación en el nivel de la circulación, lo cual equivale  a un aumento de la tasa de plusvalía sin que el capitalista haya innovado los procesos de producción para hacer al trabajo más productivo, ello ha significado una excelente palanca de acumulación; sin la expansión que en otras modalidades de desarrollo capitalista se ha registrado en el desarrollo de las fuerzas productivas.  Por supuesto ello no significa que en ciertos sectores y en las empresas de punta no se hayan dado procesos de innovación, lo que aquí se subraya es que aún en ausencia de estas mejoras productivas, el capital en su conjunto tuvo el privilegio de accionar una poderosa palanca de acumulación en términos de la expropiación del valor de la fuerza de trabajo en la esfera de la circulación.   

 

Tercera fase (1987-1994): El tercer subperiodo en la trayectoria del salario mínimo realva de 1987 a 1994. En 1988, el salario mínimo registra otra fuerte caída, en este caso de 18.3 puntos porcentuales en sólo un año. El antecedente inmediato de este fuerte deterioro fue  el estallamiento de la burbuja especulativa en la Bolsa Mexicana de Valores, que llevó a una nueva devaluación y a un crecimiento de precios que estuvo a punto de dispararse hacia la hiperinflación. La etapa inaugurada en diciembre de 1987 con la aplicación del Pacto de Solidaridad Económica, significó otro duro golpe para los salarios. A ello contribuyó la llamada política de indización de la economía que generó la modalidad de determinar los salarios mínimos, como mencionamos párrafos atrás, ya no de acuerdo a la inflación ex postsino  de acuerdo a la inflación ex ante. Huelga decir que en todos los años la inflación proyectada ha sido mayor que la registrada con el consecuente deterioro del salario real.Controlar los factores inerciales de la inflación de ese periodo significó la apertura de un nuevo ciclo de caída del salario real.  

 

Por otra parte, y a diferencia del sub periodo anterior, la coyuntura de 1987  abre un periodo de crecimiento de la dispersión salarial. La necesidad de despegar la trayectoria salarial respecto del mínimo legal era evidente –sobre todo para el caso de las manufacturas- si se pretendían  otorgar alicientes al crecimiento de la productividad y por ende a la competitividad del sector externo.

 

Posteriormente, como puede observarse en la  gráfica y cuadro 3, a partir del año 2000 es el salario promedio de cotización al IMSS (promedio de los salarios del sector formal) el que logra niveles por encima del resto de los salarios, e incluso supera a las remuneraciones medias de la industria manufacturera. Es decir, respecto al período anterior, el fenómeno de la dispersión salarial continúa, involucrando en diversos grados al mundo de los salarios.

 

Cuarta fase(1995-1999) La crisis de 1995inaugura un periodo que para los trabajadoressignifica un nuevo despojo del poder adquisitivo de sus salarios. En este el impacto de dicha crisis sobre los salarios mínimos, es menos devastador que para el resto de los salarios, por la sencilla razón de que veinte años después de iniciado su deterioro, una vuelta de tuerca más, de la magnitud de la sufrida en 1983 o 1987, habría significado el absurdo de que se llegara a salarios negativos:¿pagar por trabajar?

 

Por otra parte, es necesario recordar que la naturaleza financiera de la crisis de 1995, golpeó  fundamentalmente a los pequeños y medianos propietarios del campo y la ciudad que habían caído en cartera vencida. La voracidad bancaria y financiera cumplió con la función de expropiar valor, ya no a los trabajadores de salario mínimo, sino a quienes habían logrado incrementar su patrimonio y  por tanto habían sido sujetos del crédito bancario. Ello no significa, como vimos líneas arriba, que otros sectores de asalariados no hayan visto de nuevo caer –y de manera importante- su poder  adquisitivo.  

 

          Además, no podemos perder de vista que el deterioro del salario real equivale a un aumento de la tasa de explotación en la esfera de la distribución, en tanto se trata de una apropiación de la clase capitalista de una parte del valor del tiempo socialmente necesario para la reproducción de la fuerza de trabajo.  Esta apropiación es una fuente importante de valor para la recuperación de la tasa de ganancia. En otros términos, equivale a un aumento del fondo de acumulación del capital en detrimento del fondo de consumo obrero. El valor del fondo de consumo obrero se determina por una norma social de consumo que a su vez está plasmada en las relaciones jurídicas establecidas en la Constitución, romper con esa norma significa  romper el pacto social plasmado en la misma.

 

       Si en el proceso de trabajo y de producción se establece una relación de equivalentes, pues el supuesto con el que se trabaja es que los valores sociales de las mercancías correspondan a sus precios; lo que realmente ha sucedido es que además de la explotación generada en ese proceso, en el nivel de la distribución la expropiación de parte del fondo de consumo obrero es un robo. Y ese robo constituye parte del fenómeno de la sobreexplotación de la fuerza de trabajo característico del patrón de acumulación actual.

 

Quinta fase: (1999-2013)  Esta fase se caracteriza por el estancamiento del salario mínimo real, tal como se puede observar en el cuadro y la gráfica correspondienteEl hechonos lleva a concluir que, dado el profundo deterioro de casi 75% del precio de la fuerza de trabajo a lo largo de los últimos 37 años, lo más probable es que el nivel del salario mínimo real alcanzado en el año 1999 y que se ha mantenido relativamente constante en los últimos catorce años, no sufra un deterioro mayor, lo que no significa que la dispersión salarial no registre modificaciones futuras.

 

De la misma forma,  este fenómeno nos lleva a plantear que es previsible que el impacto más fuerte del ajuste en la relación capital trabajo al calor de la crisis mundial en curso, se continúe produciendo en el ámbito de las condiciones de trabajo: léase una mayor flexibilización en términos de jornada, funciones,  forma de pago, y de contratación. Ello está renovando y ampliando las formas de precarización y de sobreexplotación en el nivel del proceso de consumo de la fuerza de trabajo, y está acrecentando la expulsión de mano de obra de los circuitos del mercado formal, para continuar con el ensanchamiento de la economía informal, esto es de la  precarización laboral.

 

 Así a lo largo de una curva con pendiente negativa, hemos identificado los cinco puntosa partir de los cuales dicha pendiente cambia de velocidad, como diversos momentos en la nueva etapa de acumulación que profundizan la tendencia del deterioro salarial e impactan de manera diferenciada al abanico salarial.

 

Por su parte, que el nivel del salario mínimo general alcanzado en el año 1999 y  relativamente constante en los últimos catorce años, logre expresar el salario base para el inicio de una nueva etapa de acumulación, depende  sobre todo de las condiciones sociales y políticas que permitan o no al capital, continuar haciendo del despojo del fondo de consumo obrero en el nivel del la circulación,uno de sus pilares fundamentales para la expansión de las tasa de ganancia. Lo cierto es que la hora de la verdad para diagnosticar si se ha alcanzado o no el nuevo salario base del capitalismo mexicano, será cuando  la curva del salario mínimo real empiece a dibujar una pendiente positiva, en otras palabras que ese salario inicie la recuperación de su poder adquisitivo. Las condiciones políticas y sociales en México hacen alimentar un fundado escepticismo sobre esa posibilidad, de manera que es altamente probable que esa moneda continúe en el aire. Lo cierto es que para iniciar esa recuperación salarial, es imprescindible dejar atrás el régimen salarial que permitió dicho deterioro.  

 

IV Agotamiento y obsolescencia de la CNSM

 

      La centralización de la política de salarios mínimos a través de la creación de la CNSM sirvió para que el Estado regulase el precio de la fuerza de trabajo de acuerdo a las necesidades del capital. Entre estas necesidades se encontraban:

 

i)
La institucionalización y legalización de las condiciones medias de producción del valor, a través de la fijación regular y previsible del salario base para la acumulación.

 

ii)
La fijación de este precio en función de la evolución del índice de productividad de la mano de obra y de la evolución del índice de precios al consumidor. El encadenamiento con la primera variable garantizó que los crecimientos salariales no rebasaran el nivel que permitiera el crecimiento sostenido de la tasa de plusvalía, es decir la adecuada relación entre trabajo excedente y trabajo necesario. El segundo encadenamiento aseguraba la constante expansión del poder adquisitivo y entonces del mercado interno, que junto con la política proteccionista, generaba al industrial mexicano un mercado cautivo para sus mercancías.

 

iii)
A partir de la década de los 50 y hasta 1976, el sostenido crecimiento del salario real aunado a la existencia de diferenciales entre los salarios mínimos legales y los contractuales, otorgaban una importante fuente de legitimación al sindicalismo oficial. La estabilidad laboral que de aquí se derivó fue fundamental para la expansión del desarrollo capitalista del país. Así como el sindicalismo oficial y corporativo organizado en las grandes centrales sindicales, no necesitó movilizarse para logar las conquistas laborales plasmadas en la LFT, pues le correspondió fundamentalmente administrarlas; así tampoco las mejoras salariales con las cuales se benefició el sector sindicalizado de la clase trabajadora fueron producto de movilizaciones, más bien constituyeron frutos de la centralización de la política de salarios mínimos. Obviamente detrás de esta afirmación está el reconocimiento de la importancia histórica de la Revolución Mexicana y del programa obrero levantado por los trabajadores delporfiriato, y plasmado en el artículo 123 constitucional, pero ese hecho histórico había quedado atrás.

 

iv)
El carácter tripartito de la CNSM con la participación de los representantes del

sindicalismo oficial, permitió que a través de la negociación, se avalara la política salarial del Estado, además de que lesotorgaba un espacio político importante para su legitimación.

 

       Los primeros signos de obsolescencia de la CNSM empezaron a manifestarse en elnúmero de veces que la misma fue convocada para la revisión salarial y el otorgamiento desalarios de emergenciatres en el régimen de Echeverría, dos en el de López Portillopara finalmente aprobar la reforma de diciembre de 1982, que permite revisar los salarios mínimos todas las veces que se considere necesario. Durante los tres primeros años del gobierno de Miguel de la Madrid, "las veces necesarias" se consideraron dos anuales, mientras que en 1986 se revisó el salario mínimo en tres ocasiones. En este sistema de protección y fijación discrecional del salario, la cantidad de veces que se convocó a la CNSM, reflejó la necesidad irreversible de caminar hacia la indexación de los salarios. Desde entonces, el desgaste de la CNSM se hizo evidente:

 

        La funcionalidad de CNSM fue posible en un modelo de desarrollo con estabilidad de precios; fundamentado en una expansión de la productividad social del trabajo y del mercado interno. Pero junto con los síntomas del agotamiento de esta etapa de desarrollo en ladécada de los 70, el sistema de salarios mínimos empieza también a deteriorarse, hasta convertirse, hoy en día en obsoleto, aún para las necesidades del proceso de acumulación capitalista, como analizaremos en el siguiente apartado.

 

       Es evidente también que el régimen salarial que aplica la CNSM se hizo obsoleto ensu función de contribuir a legitimar al sindicalismo oficial. Ello se evidencia en las continuas derrotas salariales a partir de junio de 1983 (unas más clamorosas que otras);también en la declinación de la fuerza política del sector obrero dentro del PRI; y de manera concomitante, en el aumento explosivo a partir de 1996, de los contratos de protección y eloutsorcingperversos reemplazos del control salarial y laboral que en el periodo anterior correspondió a las grandes centrales sindicales.

 

     Por el lado de los efectos sobre el modelo económico, es importante subrayar que la CNSM ha recreado la vía del capitalismo excluyente, pues el deterioro del ingreso de los trabajadores determina a su vez una reducción del mercado interno, en tanto en el modelo económico vigente los ejes del  crecimiento se encuentran en  las exportaciones y  la inversión extranjera. Y para estos nuevos ejes o motores del crecimiento, el gobierno ha definido a los bajos salarios como gancho para atraer la inversión extranjera, lo que a su vez generauna falsa y endeble competitividad internacional. Cuando en realidad, la vía de la efectiva competitividad es la agregación de valor mediante el trabajo no rutinario

 

 

      Por otra parte, mientras el salario mínimo legal real no inicie su recuperación, el resto de los salarios cuya dinámica depende del comportamiento de esta variable, tampoco lo harán. A pesar de que la estructura de precios relativos entre trabajo y capital se ha deteriorado a favor del segundo en niveles como los indicados párrafos arriba, y durante un ciclo que supera a cualquier otro del México moderno, y a pesar de que esa caída habría encontrado sus límites alrededor del año 2000,el gobierno, quien es el responsable de enviar la señales al mercado para la determinación de ese precio, continúa con la política de los topes salariales en función de la inflación ex anteinaugurada en diciembre de 1987. De manera que si el régimen salarial continua inalterado, poca esperanza habrá de cambiar la orientación del modelo económico actual, y poca también de mejorar las condiciones de vida y de trabajo de las grandes mayorías del país.         

 

        Además, y muy importante, el estancamiento del salario mínimo real que hemos documentado para los últimos tres quinquenios, estaría ilustrando, como dijimos arriba, que el nuevo patrón de acumulación encontró un nuevo salario base o salario piso para continuar con su proceso. Prolongar por más tiempo esta situación, sin iniciar el proceso de recuperación después de 37 años de caída, cuando en el ciclo histórico anterior fue de apenas 13 años, es ir en contra, no sólo del derecho constitucional a un salario suficiente, sino en contra del propio interés del proceso de acumulación capitalista. El estancamiento de la economía nacional que se expresa en el raquítico crecimiento promedio anual del PIB, ilustra adecuadamente este fenómeno.

 

 

 

V. Propuesta de un Régimen Salarial, AutónomoRemunerador, Distributivo, y Competitivo

 

      Los resultados de la estrategia gubernamental que se centra en los privilegios para el capital en detrimento del bienestar de los trabajadores ya ha sido documentado. Cada día  es más necesario que la relación fundamental de toda sociedad moderna, la relación capital trabajo, sea capaz de articular un nuevo pacto social que permita crecimiento sostenido con beneficio para todos los factores de la producción.  En nuestra propuesta, los elementos de un nuevo régimen salarial, determinarían en buena medida, las condiciones de trabajo y de vida, esto es una nueva norma para la convivencia civilizada entre los factores de la producción.

 

         Hasta ahora el Estado se ha reservado el control de la definición de los salarios. Con una CNSM subordinada al Poder Ejecutivo Federal, cuyo carácter tripartito no hace sino reproducir las relaciones de sujeción, el Estado  ha podido definir el salario mínimo sin que trabajadores y empresarios puedan incidir en esta variable fundamental para la economía nacional. Es necesario restablecer la vigencia de ese salario como un salario suficiente, tal como lo establece la fr.VI del art. 123 constitucional.

 

       Hemos evidenciado que el régimen tripartito y discrecional existente  permitió el crecimiento del salario real desde 1952 hasta 1976, gracias a una estrategia económica que implicaba  ese crecimiento. Pero una vez que de manera deliberada el Estado decide que el salario real disminuya, el sistema se vuelve obsoleto para la protección salarial, perofuncional al objetivo de convertir al salario en un gancho para atraer la inversión extranjera directa, uno de los supuestos nuevos motores de crecimiento en la política económica inaugurada en 1983.

 

          De ahí que sea necesario crear un mecanismo autónomo del Ejecutivo, en el cual,las voces de las organizaciones independientes de empresarios y trabajadores se hagan llegar a la nueva institución salarial. La propuesta incluye también la culminación del proceso de unificación salarial, que por lo demás está a punto de lograrse dado que ya sólo existen dos áreas geográficas para los salarios mínimos,que se inició en el siglo XX con la existencia de  tantos salarios mínimos como municipios en el país.  

 

       Sería demagógico plantear que el deterioro del salario se resolverá de la noche a la mañana. Lo que sí es posible es iniciar esa recuperación y crear las condiciones para que la misma sea estable y sostenida. Se trata de una decisión política que pone en el centro de la estrategia, el reconocimiento de la deuda social con los trabajadores y como se hace con todas las deudas, la definición de un plan de pago. Esta decisión política requiere del diseño de un nuevo régimen salarial, esto es, nuevas instituciones y nuevas reglas del juego para la determinación del precio de la fuerza del trabajo, en donde la autonomía en relación a los tres poderes se encuentre garantizada.

 

       En el nuevo régimen salarial que proponemos, planteamos la desaparición de la CNSMy su sustitución por un Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad yReparto de Utilidades (INSMPRU), que de manera autónoma al Ejecutivo mida de manera objetiva el costo de la vida para que en función de dicho índice y de la productividad, los salarios mínimos se revisen anualmente, y sea un órgano plural y representativo como la Cámara de Diputados el que defina dicho aumento anual, o las veces que sea necesario en función del ritmo del aumento de precios.Como puede apreciarse, se trata no sólo de aumentar los salarios sino también de cambiar las reglas y las instituciones para su definición. Nuestra propuesta significa la existencia de unrégimen salarial autónmodemocrático, y no discrecional.  

 

        A partir de la década de los noventa, en México se han creado una serie de órganos de Estado independientes de cualquiera de los tres poderes que lo constituyen. Nos referimos a los Tribunales Agrarios (1992), al Banco de México (1993), al Instituto Federal Electoral (IFE), 1996; a la Comisión Nacional de losDerechos Humanos (CNDH) 1999; al Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) 2003, al Instituto Nacional de Evaluación Educativa(2013). La orientación política que ha asistido a la creación de estas instituciones del Estado mexicano es que decisiones sobre temas tan importantes como la justicia agraria; la política monetaria; la organización de los procesos electorales; la protección a los derechos humanos; la transparencia en el ejercicio del poder público; y el desempeño docente de los  maestros de educación básica; deben ser tomadas por instancias y personas calificadas e independientes de cualquier interés particular o de los poderes constituidos del Estado, a fin de velar de manera adecuada y eficiente por la buena marcha de los asuntos a su cargo.

 

       Si este ha sido el proceso de creación de instituciones autónomas en materias tan importantes como las mencionadas; la pregunta que nos hacemos es: ¿por qué la definición del salario mínimo legal, una decisión estratégica para la suerte de los millones de asalariados, para el futuro económico del país, para su competitividad internacional, y para la paz y la justicia socialesdebe estar en manos del Titular del Poder Ejecutivo?

 

       Si además, a este contexto histórico definido por la transformación institucional de la vida democrática nacional, agregamos las consecuencias nocivas que sobre la vida de los asalariados y la del país en su conjunto ha tenido la política discrecional en materia de salarios que depende totalmente del Presidente de la República; la necesidad de crear una institución autónoma para la definición de los salarios mínimos es fundamental.

 

       Nuestra propuesta parte de la necesidad de eliminar el poder que hasta ahora tiene el Ejecutivo en la definición del salario mínimo general y trasladar esta función a un organismo plural como la Cámara de Diputados, quien en una revisión anual y de acuerdo al dictamen que sobre aumento de precios de la canasta básica le haga llegar el INSMPRU, dictaminará el aumento salarial.

 

           Planteamos que este Instituto sea descentralizado y autónomo. Además del Instituto, el nuevo régimen salarial, incluye la creación de un Consejo Consultivo en donde estarán representados patrones, sindicatos y gobierno, así como subcomisiones técnicasque se encargarán de elaborar los estudios sobre precios, productividad y utilidades.  

 

        Se trata de un régimen salarial que no sólo proteja adecuadamente al trabajador del aumento de precios, sino que también distribuya los beneficios del aumento de la productividad y que haga una realidad el sistema de reparto de utilidades. Además de remunerador, y distributivo, el régimen que proponemos promueve la competitividad de la economía mexicana, en tanto alienta la inversión productiva y fundamenta la inserción en la economía internacional a través de la agregación de valor y no de los raquíticos salarios.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Recuadro 2

.      

Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades

Disposiciones constitucionales

 

Se reforma y adicionan las fracciones VII del artículo 123 constitucional, la XI y el artículo 78, fracción IX.

 

VII […]

 

Los salarios mínimos se fijarán por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en forma anual y podrán revisarse e incrementarse en cualquier momento en el curso de su vigencia, de conformidad con la Ley, a propuesta del Instituto Nacional de salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades, que será un organismo público autónomo, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

 

El Instituto está facultado para realizar los estudios y diagnósticos en el nivel nacional necesarios para la determinación de los salarios mínimos, dictar las bases normativasde los programas nacional y sectoriales en materia de creación y conservación de empleos adecuadamente remunerados, así como las bases normativas aplicables al reparto de utilidades entre patrones y trabajadores. Las bases de integración y funcionamiento del Instituto deberán establecerse en la ley reglamentaria de conformidad con los principios y funciones establecidos en este precepto;

 

[…]

 

XI

a)
El Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades propondrá cada cinco años a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el porcentaje de utilidades que deba repartirse anualmente entre los trabajadores.
b)
El Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y reparto de Utilidades practicará las investigaciones y realizará los estudios necesarios y apropiados para conocer las condiciones generales de la economía nacional. Tomará asimismo en consideración la necesidad de fomentar el desarrollo industrial del país, el interés razonable que debe percibir el capital y la necesidad de reinversión de capitales.

 

 

Se reforma y adicional el artículo 74 Constitucional para quedar como sigue:

Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

[…]

.
Fijar los salarios mínimos, sus incrementos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas a propuesta del Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades, así como nombrar a los miembros del cuerpo colegiado de dicho instituto. La Ley regulará el ejercicio de estas atribuciones.

Artículo 78.

Atribuciones de la Comisión Permanente…

[…]

IX Determinar, en su caso, los salarios mínimos y sus aumentos, a propuesta del InstititutoNacional de salarios <mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades.

 

Recuadro 3

 

El INSMPRU en la Ley Federal del Trabajo

 

Las disposiciones más importantes sobre el INSMPRU contenidas en la LFT son:

 

 

Carácter jurídicoArtículo 666. El Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades es un organismo público, autónomo, descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

 

Competencia: Artículo 667.  

Proponer a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión los salarios mínimos que regirán en todo el territorio nacional, tomando en cuenta los estudios y recomendaciones que hagan las subcomisiones técnicas, el Consejo Consultivo del Instituto y las Comisiones Nacionales de Productividad y Capacitación por Rama;

2 Proponer a la Cámara de Diputados los incrementos anuales de los salarios mínimos con base en la evolución del índice nacional de precios al consumidor, y en su caso, la revisión e incremento antes de ese periodo en función del deterioro salarial observado durante su vigencia. Asimismo, proponer los incrementosanuales por concepto de productividad;

3 Proponer a la Cámara de Diputados el porcentaje de participación anual de los trabajadores en las utilidades de las empresas

4 Proponer a la Cámara de Diputados la revisión quinquenal del porcentaje de participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas; y

 

Cómo se integra: Artículo 668.

Un cuerpo colegiado de cinco miembros de pleno derecho, uno de los cuales fungirá como presidente de dicho cuerpo del Instituto;

a)
Subcomsiiones técnicas; y
b)
Un consejo consultivo

Los miembros del cuerpo colegiado del INSMPRU deberán ser electos por mayoría simple de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a propuesta del presidente de la República. Los miembros del Instituto durarán en su cargo cinco años […]

 

Facultades del Presidente del INSMPRU:Artículo 670.

Convocar y presidir las reuniones trimestrales del pleno…

Presentar al pleno los resultados de los estudios y propuestas de los asesores y lassubcomisones técnicas acerca de los salarios mínimos generales y profesionales;

Convocar y presidir las sesiones del Consejo Consultivo

Ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del índice del costo de la vida, con base en el cual se incrementarán anualmente los salarios mínimos general y profesionales, por acuerdo de la Cámara de Diputados;

[…]

 

 

Expedir la convocatoria para la designación de los representantes de los trabajadores, patrones e instituciones académicas en el Consejo Consultivo

Designar a los integrantes de las subcomisiones técnicas […]

 

Integración del Consejo Consultivo: Artículo 674.

Con un representante del Poser Ejecutivo, designado por secretario de Trabajo y Previsión Social;

Con un número igual, no menor de cinco ni mayor de diez, de representantes de los trabajadores y de los patrones, designados cada tres años de conformidad con la convocatoria expedida por el presidente del Instituto. La integración de los representantes de los trabajadores deberá reflejar la pluralidad sindical del país; y

Con tres investigadores escogidos por insaculación de una lista de diez candidatos seleccionados por el Institituto a partir de las propuestas que presenten, previa convocatoria, instituciones académicas de reconocido prestigio.

____________________________________________________________________________

Fuente: Una reforma democrática para el mundo del trabajo. Propuesta laboral PRD-UNT. Grupo Parlamentario del PRD Cámara de Diputados. LVIII Legislatura. Congreso de la Unión, México, marzo de 2003.

 

 

   

       Agotada la etapa de acumulación anterior, lo que ha cristalizado, es una profunda distorsión en la estructura de precios relativos capital-trabajo, a favor del primero; lo que ha llevado a consolidar un proceso perverso en el desarrollo del capitalismo, esto es, el queprivilegia la acumulación en la esfera financieraversus la productiva. Una instancia que determine el aumento salarial de maneraautónoma respecto de cualquiera de los  poderes, sería la adecuada, no sólo para laprotección del poder adquisitivo de los trabajadores, sino también para el establecimiento de las condiciones medias para la acumulación del capital, que giren en torno de la inversión productiva. En esta propuesta, además de los imperativos de justicia social se considera fundamental detonar el desarrollo económico. Salarios suficientes permitirán lograr la fortaleza del mercado interno, sin la cual no es posible sentar las bases de un  crecimiento económico estable, suficiente e incluyente.

 

 

       Por otra parte, la protección eficaz delsalario, permitiría desarrollar la extracción de plusvalía y por ende de ganancia, en función de los aumentos de la productividad (plusvalía relativa), y no de la extensión de la jornada de trabajo, y/o de la ganancia inflacionaria, mecanismos recurrentes en un proceso de acumulación capitalista, que, como el de México hasta hoy día, se centra en el deterioro de los salarios, o en el mejor de los casos en su estancamiento.    

 

       Además, si se asume el sentido social de la productividad, entonces  los elementos que concurren al proceso de producción  estarán definidos para mejorar las condiciones de trabajo y de vida de los productores directos, de los trabajadores. Desde la mínima unidad de producción ello alentará el crecimiento económico de manera que todos los factores de la producción resultarán beneficiados de esta estrategia. En lugar de que capital y trabajo se disputen el pedazo que les corresponde de un pastel que no crece y que incluso disminuye, el crecimiento sostenido de la riqueza nacional, al que contribuye  el nuevo régimen de relaciones laborales que proponemos,  permitirá la distribución simultánea de los beneficios.

   

             Si la CNSM acompañó y expresó las características del modelo de desarrollo estabilizador en cuanto a la necesidad de fijar el salario base para la acumulación y proteger el poder adquisitivo de los asalariados, en las nuevas reglas del juego para una nueva etapa de acumulaciónla inflación será un dato accesorio y no el eje de las desgastantes negociaciones. Ello requiere de mecanismos que limpien el camino de los efectos distorsionadores de la inflación, para abrir aquellos que desarrollen los necesarios aumentos de la productividad del trabajo, mismos que se detonan a través del diálogo bilateral en las empresas a partir de que   los salarios han encontrado el cauce de su recuperación.      

 

        Dejar atrás el viejo régimen político y el largo estancamiento económico requiere no sólo de la alternancia en el poder, requiere además un nuevo pacto social con los trabajadores para sentar las bases de la democracia desde abajo, para abrir las puertas a la democracia y continuar con la transformación institucional del país. En este proceso, la aprobación y funcionamiento de un régimen salarial autónomo, democrático, transparente, remunerador, distributivo y competitivo es imprescindible; es parte fundamental de la agenda democrática del mundo del trabajo. Equivale para el momento histórico actual, a la trascendencia que tuvo  en 1917 la aprobación del artículo 123 constitucional, esto es al acuerdo por establecer un nuevo pacto social para el siglo XXI.  

   

 

 

   

Bibliografía y Hemerografía

 

Bortz,J. and Marcos Aguila (2006). "Earning a Living: A History of Real Wage Studies in Twentieth-Century Mexico", Latin American Research Review, Vol. 41, No. 2, pp. 112-138.

Caballero, José Luis:

http://www.unla.mx/iusunla2/reflexion/LOS%20ORGANOS%20CONSTITUCIONALES%20AUTONOMOS.htm

Cárdenas, Enrique (2003)La política económica en México, 1950-1994, Ed. FCE y CM, México.

Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (2013). "La figura el salario mínimo". [Disponible en Internet] Disponible enhttp://www.conasami.gob.mx/fig_salario.html

Comisión Nacional de los Salarios Mínimos. Memoria de los trabajos,  1970-1971. México.

___________________________________ (1979).Memoria de los trabajos 1976-1977-1978.México.  

____________________________________,Salarios Mínimos, Memoria de los trabajos,1977, 1978, 1979, 1980, 1981, 1982.

Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos. [Disponible en Internet] Disponible enhttp://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf

Dabat, Alejandro, "Evolución de los salarios de la clase obrera mexicana en la década de los sesenta" en Problemas del Desarrollo, Num.33, Año IX, México, febrero-abril de 1978.

Escala Móvil de Salarios (Iniciativa de Ley y documento complementario) Grupo Parlamentario Comunista Coalición de Izquierda.

Everett, Mike, "La evolución de la estructura salarial en México 1939-1963" en Revista Mexicana de Sociología Año XLII, Núm. 1, 1980.

Fuentes, Arturo y Jiménez Carlos (1986), "Abanico Salarial y Competencia Internacional en El Cotidiano Núm. 12, Año 3, julio-agosto, UAM-A.

Garavito E. Rosa Albina (1982). "Escala móvil o salario remunerador".Uno más Uno. Marzo.

              ____________________(1983). "La protección al salario", en Análisis Económico, Revista del Depto. de Economía de la UAM-A, Vol. II, Núm. I, enero-junio, pp.131-133.

______________ etal. (1979). "Scala mobile. Cómo funciona la protección automática del salario real" Información Obrera. N. 1. año1, Julio –Agosto, Roma, Italia.

_________________ "La respuesta del sindicalismo oficial ante la crisis actual" en RevistaRelaciones de Trabajo, Venezuela.

_________________ (1986). "La CTM hoy", en El Cotidiano Núm.10, Año 2 marzo-abril.

Garavito, Rosa A. y Bolívar, Augusto (1986). "No a la moratoria de la deuda a los trabajadores", enMéxico: Los Salarios de la Crisis, Cuadernos deCedestac, Núm.1.

_________________(2001) "Notas sobre las fuentes de ganancia en el nuevo patrón de acumulación (1982-2001)", en Análisis Económico Núm. 34 DCSH, UAM-A  

Garavito E.Rosa Albina, y Torres Baños, Rino,(2004) "Migración e impacto de las remesas en la economía nacional"Análisis EconómicoNúm41, segundo cuatrimestre de 2004, DCSH, UAM-A

Garavito E., Rosa A., (2007) "Sindicalismo mexicano, ruptura del pacto social y los desafíos del siglo XXI (1906-2006)", en A. Covarrubias y V. Solís,Un siglo de sindicalismo en México, El Colegio de Sonora, Hermosillo, Sonora  

García Cantú, Gastón, (1969) El Socialismo en México, Siglo XIX, Ediciones Era, México

Grupo Parlamentario del PRD Cámara de Diputados:Una reforma democrática para el mundo del trabajo.http://www.inegi.org.mx/lib/olap/consulta/general_ver4/MDXQueryDatos.asp?proy=enoe_po  

Propuesta laboral PRD-UNT. LVIII Legislatura. Congreso de la Unión, México, marzo de 2003.

INEGI (1985). Estadísticas Históricas de México,SPP, México

INEGI (2013) Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE).

INEGI, Banxico y el Anuario de tendencias económicas y financieras (Otoño 2008)  

Iniciativa de Ley sobre salario remunerador(1975).Diario Oficial Año III T III Núm.18., octubre 24 de 1975.

L´attacco alla scala mobile Fabbrica e Stato, lettera1, 1979, Roma, Italia.

Ley Federal de Trabajo. [Disponible en Internet] Disponible enhttp://www.stps.gob.mx/bp/micrositios/reforma_laboral/archivos/Noviembre.%20Ley%20Federal%20del%20Trabajo%20Actualizada.pdf

López G., Julio (2000), "El empleo durante las reformas económicas" en Clavijo, Fernando (compilador) Reformas Económicas en México 1982-1999, FCE Lecturas 92, México.

Márquez, Carlos (1981). "Nivel del salario y dispersión de la estructura salarial" (1939-1977) en Economía Mexicana Núm. 3,  CIDE.

Moreno-Brid y Jaime Ros Bosch (2010), Desarrollo y Crecimiento en la Economía Mexicana, Una perspectiva histórica, FCE, México, 2010Ramírez Reynoso, Braulio (s.p.i.). "La Comisión Nacional y las Comisiones Regionales de los salarios mínimos". [Disponible en Internet] Disponible enhttp://biblio.juridicas.unam.mx/revista/pdf/derechocomparado/55/art/art5.pdf

Reich, Robert, El Trabajo de las Naciones, Ed. Vergara,  Buenos Aires/Madrid/México/Santiago de Chile/Bogotá/Caracas, 1993

Rodríguez García, Tlexochtli Rocío (2012). El salario mínimo como derecho social en México. Universidad de Xalapa. Disponible en Internet en http://ux.edu.mx/investigacion/Formato/libro-3.pdf

Rouaix, Pastor, (2010) Génesis de los artículos 27 y 123 constitucionales, El Colegio de la Frontera Norte y El Colegio de Chihuahua, México,  edición facsimilar 


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